CAPACIDAD DE LA PERSONA

Aproximación al concepto de capacidad.

«Aptitud, talento y cualidad que disponen a alguien para el buen ejercicio de algo» es como se define la palabra capacidad en el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua.

La libertad para decidir sobre cualquier aspecto o asunto  que  afecte a nuestra vida o la condicione de alguna manera,  es una aptitud innata al hecho de ser persona, a efectos del Código Civil.

Tratar sobre la capacidad de la persona para decidir por sí misma, es un trabajo harto difícil y complejo, porque no existe «instrumento medidor» de la misma, que muestre qué magnitud o proporción podemos tener de ella. Si es así para todos, todavía más, cuando se trata de una persona con algún tipo de deterioro o demencia senil.

Aunque en el estudio del concepto de capacidad, se  encuentran implicadas otras disciplinas como la neurología ( por establecer las bases científicas del proceso de decisión)  y la filosofía ( por estar conectados los conceptos de capacidad para decidir y libertad), es en el campo del sistema jurídico, donde la cuestión alcanza máxima relevancia, pues los operadores jurídicos ( Jueces, Fiscales y Abogados) atienden pretensiones, en las que la opinión que se tenga sobre la capacidad de la persona, determinará actos tan importantes como pueden ser: otorgar un poder, testamento, vender propiedades, declarar la incapacidad de una persona, anular un acto por presentar vicios de consentimiento, autorización a tutores, ingresar o no en una residencia….

La enorme responsabilidad de declarar si una persona tiene capacidad para decidir por sí misma o por el contrario, no puede hacerlo de la manera debida, corresponde al Juez, y para ello se funda en muchos elementos, entre los que no faltan: gran dosis de buena voluntad, intuición y conocimientos adquiridos con la experiencia; pero es un hecho que, la opinión del Médico Forense es tan importante, que rara vez el Juez se aparta de ella.

Para centrarnos en el tema distinguiremos dos conceptos:

-Capacidad jurídica o capacidad para tener derechos; y

-Capacidad de obrar o capacidad para tomar decisiones.


Próxima publicación: Capacidad jurídica.

La autora sólo autoriza la reproducción de sus artículos de dos modos: señalando el título y su autoría, o bien, señalando un link que lleve al lector al artículo original del blog Abogado del Mayor.  

Margarita Serrano
Margarita Serrano
Soy abogado especializado en protección jurídica y ayuda a la persona mayor, dirijo el despacho Mayores Abogacía y les doy la bienvenida a este espacio en el que hablaremos de casos como el suyo y de muy diversos temas relacionados con sus intereses más directos.

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