– La expresión de valores personales.
-La instrucción sobre los cuidados o tratamientos que deseemos o no recibir.
– Nombrar uno o varios representantes que actúen como interlocutores ante el equipo médico responsable y familiares.
-El deseo de ser enterrados o incinerados; de recibir sacramentos o no, misas o ritos religiosos. (Hay personas que incluso dejan señalado el texto de la inscripción que se desea poner en la lápida y la organización íntegra de su funeral).
Este documento puede otorgarlo una persona mayor de edad, con capacidad suficiente y se puede revocar o modificar su contenido.
Dada la trascendencia de este documento hay que destacar la conveniencia de un asesoramiento completo y exhaustivo.
Hay que tener en cuenta que si el paciente no puede decidir y no existe un documento de voluntades anticipadas, intervendrán los familiares.
III. Realmente está muy bien no sólo organizar el destino de los bienes, como contenido fundamental del testamento para que sigan el deseado por el testador, sino también, y con mayor razón el de nuestra persona: decidir qué tratamientos quiero que me apliquen o no, y quién tomará las decisiones sobre los mismos en caso de que nos encontremos indispuestos para adoptarlas.