DISCAPACIDAD, BANCOS, AUTORIZACIÓN

Consulta nº 119

«Desde hace varios años venía gestionando la cuenta bancaria de mi padre con una discapacidad física que no le permite salir de su casa. Me he encargado de pagar todos los recibos de los gastos mensuales con su pensión, que es bastante baja. En el banco nunca me han puesto pegas para sacar el dinero de mi padre porque me conocen, y ahora me han dicho que no puedo seguir haciéndolo hasta que no me identifique; pero no sé por qué si hasta ahora no ha habido ningún problema y no sé cómo arreglar esto».

I. En su caso parece ser que no se trata de un bloqueo de cuenta bancaria de persona con discapacidad y capacidad de obrar modificada, en espera de revisión de sentencia; si no más bien de intentar regularizar una situación que se venía dando hasta ahora sin justificación legal para ello.

II. Puede haber tres posibles maneras de solucionar:

1º. Ser persona autorizada en la cuenta de su padre.

Se hace constar en el contrato con la entidad bancaria y si el titular no puede desplazarse a la oficina, cabe la posibilidad de que el banco sea el que se persone en el domicilio de la persona con discapacidad.

2º. Otorgamiento de un poder notarial limitado a operaciones bancarias.

Ya conocemos  esta vertiente y lo que conllevan estos documentos. Si la persona con discapacidad conserva las suficientes facultades mentales, puede disponer que alguien de confianza gestione sus asuntos. Lo más razonable sería limitar el poder a actos jurídicos determinados y necesarios; si es posible no hacerlo general. Y por supuesto integrar en el documento una cláusula que señale que el otorgamiento se extiende al supuesto de la aparición de una discapacidad psíquica. El notario también puede personarse en el domicilio de la persona que no puede desplazarse a la notaría.

3º. Acreditar la situación de guarda de hecho.

Si tiene la condición de guardador, puede acreditarlo en la entidad bancaria y se acaba el problema. Eso sí, también puede ocurrir que la oficina del banco no sepan qué es ser guardador de hecho y entonces seguirá encontrando obstáculos.

III. Para informar a la entidad bancaria sobre la capacidad legal del titular y las facultades para operar de su representante legal:

debe solicitar cita previa con el gestor de la oficina bancaria de la persona afectada para aportar la documentación necesaria que acredite la situación;

la documentación a aportar hace referencia a alguna de las opciones señaladas en el apartado anterior;

los responsables de la entidad revisarán y validarán los documentos aportados y adoptarán las medidas que correspondan respecto a las relaciones de titularidad de los contratos y las facultades para operar del titular y de sus representantes.



 

«Conscience, Judas». Nikolai Ge, 1891.Galería Tretyakov. 

 

Conscience. Judas. Nikolay Ge

 

Nikolai Ge es un pintor realista ruso del siglo XIX que dedicó buena parte de su obra a pinturas de carácter bíblico. Esta me parece particularmente impresionante, con esa figura entre las sombras que observa alejarse a una muchedumbre con su presa y, enfrentado a solas con su conciencia, toma su última decisión.

La exposición, los tonos y los colores utilizados para crear este cuadro resultan peculiares: la pintura oscura, casi negra, perturba creando una atmósfera lúgubre y opresiva, y sólo un pequeño destello de luz viva y cálida parpadea en la distancia.

 Mateo hace eco del dramático final que tendría Judas tras su traición: «Viendo entonces Judas, el que le había entregado, cómo era condenado, se arrepintió y devolvió las treinta monedas de plata a los príncipes de los sacerdotes y ancianos, diciendo: he pecado entregando sangre inocente. Dijeron ellos: ¿a nosotros qué?. Tú verás. Y arrojando las monedas de plata en el templo, se retiró, fue y se ahorcó».



 

La autora sólo autoriza la reproducción de sus artículos de dos modos: señalando el título y su autoría, o bien, señalando un link que lleve al lector al artículo original del blog Abogado del Mayor

Margarita Mª Serrano Secilla  Letrada colegiada nº 2.786 ICA Córdoba

Creadora de Mayores Abogacía: Despacho Especializado en Protección Jurídica del Mayor

Discapacidades

Mediación  Familiar  y  Mediación En Atención y Largos Cuidados

Teléfono: 672 13 07 46

mayoresabogacia.com

info@mayoresabogacia.com

Margarita Serrano
Margarita Serrano
Soy abogado especializado en protección jurídica y ayuda a la persona mayor, dirijo el despacho Mayores Abogacía y les doy la bienvenida a este espacio en el que hablaremos de casos como el suyo y de muy diversos temas relacionados con sus intereses más directos.

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