DISCAPACIDAD, CENTRO OCUPACIONAL, REVISIÓN DE SENTENCIA

 

Consulta nº 106

«Estoy en un centro ocupacional y residencial para discapacitados desde hace años. Para entrar en él era necesario estar incapacitado y tengo una sentencia desde el año 2011. La tutela la tiene una entidad tutelar aunque mis padres viven y tengo cuatro hermanos. Tengo 26 años y mi discapacidad es intelectual, de un 65% pero me manejo bastante bien, esto lo estoy escribiendo yo, lo que sí me cuesta mucho es hacer cuentas y números. En algunos lugares no me atienden bien porque si no me entero no me lo vuelven a explicar o no me dan lo que pido, por ejemplo algún papel que me haga falta. Además mi tutora no me acompaña a los sitios y no me ayuda a cambiar de centro. Quiero cambiar de centro porque me gustaría estar en otro donde haya personas como yo, ya que en el que estoy tienen otra discapacidad. Necesito que me ayude, no sé si lo escrito bien, la tutora no me pide un abogado de oficio y yo lo he pedido pero no me lo conceden y me han citado en el juzgado para el médico forense». 

Sí está bien escrito y me ha informado correctamente. A mi parecer no denota ninguna dificultad para redactar por escrito, es algo que me alegra.

Presenta varios temas: el centro, la modificación de capacidad, la discapacidad de 65%, la tutora, y el médico forense.

Preste atención a las indicaciones que voy a dar y si le parece bien llámeme y le explico.

I. Modificación de la capacidad de obrar.

Tiene una sentencia de incapacitación desde hace años y se ha quedado obsoleta, no sirve. Ha de revisarse su sentencia, si no lo citan desde el juzgado que corresponda, lo puede solicitar usted mismo. Por tanto, es muy posible que desaparezca la incapacitación y en su lugar tenga otro tipo de apoyo. ¡¡Si sólo lo incapacitaron para poder ser admitido en el centro ocupacional…!!, no sé ni qué decir.

II. Centro.

Da a entender que su vida en el centro ocupacional en el que también reside no responde a las características de su discapacidad. Suele ocurrir, y por supuesto que tiene derecho a solicitar un cambio a través de la fundación tutelar que esté encargada de su tutela. Quizás le fuera bien estar en un piso tutelado e ir al centro ocupacional sólo a los cursos y al trabajo.

III. Discapacidad.

No permita en ningún momento que a causa de su discapacidad no lo atiendan correctamente en cualquier sitio, sea oficina, establecimiento, tiendas… Puede poner una queja a través del libro de reclamaciones, y puede denunciar en la policía cada vez que eso le ocurra. Y esto con tutora o sin ella.

IV. Tutora.

En su sentencia de modificación deben estar recogidas las funciones que ha de desarrollar la tutora. Si no cumple con ello, ha de comunicarlo al juzgado que en su día dictó la sentencia. Si ha de acompañarlo en determinadas gestiones y no lo hace, es intolerable.

Puede pedir el cambio de tutora si no le va bien con ella. Se hace a través de un procedimiento denominado «remoción de tutor» y necesita un abogado. La tutora no puede negarse a procurarle abogado.

V. Médico Forense.

Me atrevería a decir que la cita que tiene en el juzgado con el médico forense será para iniciar el procedimiento de revisión de sentencia. Si fuese así, no consienta que el forense emita su informe sin que usted haya estado previamente asesorado por letrado que le indique cómo proceder de la mejor manera para que su voluntad y preferencias en la organización de su vida, le queden claras al juez que vaya a ocuparse del asunto.

Ha de hacerle saber al juez todo lo que me ha relatado en su consulta, para que cambie su situación actual a otra más propicia a su discapacidad. Aunque no lo dice, pienso que el descontento con su centro sea porque no tiene todo el tiempo ocupado con cursos o tareas que le resulten interesantes y se hastía. Los datos que da coinciden con otros casos semejantes, en los que ocurría que discapacidades menos leves y discapacidades más leves tenían las mismas ocupaciones en el centro, en detrimento de estos últimos .

Por tanto:

Tiene que intentar cambiar de centro.

Puede informar al juez de la incompetencia de la tutora.

Creo que la revisión de su sentencia está al caer.

Su discapacidad no debe ser obstáculo para sus gestiones en organismos o establecimientos.

Ha de someterse al reconocimiento del médico forense previamente asesorado por un letrado.

LLÁMEME al 672 130 746

 

«Todos significamos algo personal y propio y todos hacemos falta en el mundo»

Ossorio y Gallardo



La autora sólo autoriza la reproducción de sus artículos de dos modos: señalando el título y su autoría, o bien, señalando un link que lleve al lector al artículo original del blog Abogado del Mayor.

Margarita Mª Serrano Secilla  Letrada colegiada nº 2.786 ICA Córdoba
Creadora de Mayores Abogacía: Despacho Especializado en Protección Jurídica del Mayor
Discapacidades
Mediación  Familiar  y  Mediación En Atención y Largos Cuidados
Teléfono: 672 13 07 46
mayoresabogacia.com
info@mayoresabogacia.com
Margarita Serrano
Margarita Serrano
Soy abogado especializado en protección jurídica y ayuda a la persona mayor, dirijo el despacho Mayores Abogacía y les doy la bienvenida a este espacio en el que hablaremos de casos como el suyo y de muy diversos temas relacionados con sus intereses más directos.

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