Para entender el criterio legal que rige actualmente, de protección a los mayores, es interesante conocer su evolución en el tiempo.
MODELO DE FAMILIA.
Durante siglos, la tutela de la persona mayor se ha regido principalmente por criterios éticos, morales o culturales; y ha sido la familia, la que daba amparo económico, afectivo, asistencial…, a sus miembros más desvalidos.
El Código Civil vigente se promulgó en 1889, y aunque se ha ido modificando en muchas ocasiones, este patrón de tutela de familia, se acogió hasta la reforma de 1983.
Las instituciones protectoras eran:
Este patrón de tutela, respondía a una familia nuclear y cercana territorialmente, a una familia característica de la sociedad rural que predominaba en España hasta la segunda mitad del siglo XX, no había muchas personas que tuviesen patrimonio que gestionar, por lo que sus familias apenas acudían al Juzgado para solicitar la incapacitación, y el Estado tenía un papel subsidiario.
A mediados del siglo pasado, se empezaron a producir algunos cambios que llevarían al fracaso de este sistema familiar de protección:
La Ley 13/1983 de 24 de octubre, reforma el Código Civil en materia de incapacitación y tutela; el patrón de familia empezaba a extinguirse.
Próxima publicación: Modelo de Autoridad.
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