I. Una vez se haya hecho el documento público (escritura o sentencia), los pasos siguientes serán:
1-Pagar los impuestos correspondientes:
–sucesiones, que corresponde a cada Comunidad Autónoma, y
–plusvalía municipal, que, como su nombre indica, corresponde al ayuntamiento en el que haya bienes urbanos.
IMPORTANTE: los plazos, aunque parezcan holgados, se cuentan desde el fallecimiento, no desde que se firme la partición.
2-Las cuentas y depósitos bancarios estarán bloqueados hasta que se presente al banco el documento en el que se indique a quién se adjudica, pasado por la oficina liquidadora del impuesto de sucesiones.
3-Finalmente, si hay inmuebles, habrá que inscribir en el Registro de la Propiedad en el que se encuentren éstos (si hay una vivienda y unas fincas en el pueblo de origen, no olvidar al Registro de este pueblo).
Lo habitual es encargar estos trámites porque la tramitación puede parecer complicada, no obstante, puede hacerlo uno mismo.
II. El coste incluiría:
–la escritura pública,
–los gastos de tramitación (preparar y realizar las liquidaciones de impuestos, todo el trámite hasta la inscripción en el Registro de la Propiedad) y,
–el pago de los impuestos de sucesiones y el de plusvalía municipal (cuyo nombre técnico es le de «Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana»).
El apartado más caro es el de los dos impuestos citados:
–el de sucesiones corresponde a las comunidades autónomas, por lo que es muy variable. Pero hay que tener en cuenta una cosa: cuanto más alejado sea el parentesco con el fallecido, más alto el porcentaje; cuanto mayor sea el valor de lo heredado, también mayor el porcentaje.
–en cuanto a la llamada plusvalía municipal, depende de una parte del valor catastral fijado por cada ayuntamiento y del tiempo desde que se adquirió hasta el fallecimiento, entre otras cosas.
Es la parte realmente cara de heredar.
Y no estaría de más echar un vistazo a una posible llamada plusvalía (nuevamente este no es su nombre técnico) futura en el IRPF, para buscar posible alternativa para que no salga tan cara.
Próxima Publicación: Peculiaridades del testamento familiar.