TESTAMENTO, MODIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD, DISCAPACIDAD INTELECTUAL

Consulta nº 31.

 «Mis padres no hicieron testamento. Mi madre ha muerto recientemente y mi padre está incapacitado legalmente, la pregunta es: ¿puede una persona mayor incapacitada por el juez  hacer testamento y cómo? Agradezco su respuesta».

I. Nuestro Código Civil determina que no pueden testar  los que habitual o accidentalmente no se hallaren en su cabal juicio. Esta expresión, que es poco técnica, determina que es necesaria una capacidad suficiente para entender y querer lo que se dispone y apreciar los motivos por los que se hace, sin que sea suficiente hallarse en el umbral del conocimiento. No obstante, nuestro derecho atiende a la lucidez en el momento de otorgar el testamento y así:

– en los casos de discapacidad intelectual corresponde en principio al notario apreciar dicha capacidad;

– en los casos en que haya sido incapacitado judicialmente, habrá de estarse a lo que determine la sentencia que declara la modificación de la capacidad.

II. Para el caso de una persona incapacitada por enfermedad mental (que permite diversos estados de capacidad), tal lucidez no se presume.

No obstante, esta prohibición no es absoluta puesto que si existe una cierta capacidad cognitiva y volitiva, el incapacitado puede otorgar testamento siempre que:

– la sentencia no contenga pronunciamiento sobre su capacidad para testar, y

– dos facultativos asistan al notario, previo reconocimiento, respondiendo de su capacidad.

Tampoco existe la posibilidad de que un tercero otorgue testamento por él puesto que este es un acto personalísimo.

En el caso de que su padre fallezca sin haber otorgado testamento, su sucesión se considerará intestada y le sucederán tras la declaración notarial o judicial previa y de forma excluyente:

1º. sus descendientes,

2º. sus ascendientes,

3º. hermanos, tíos y sobrinos hasta cuarto grado.

Si no hubiera ninguno de los anteriores heredaría el Estado o Comunidad Autónoma a la que perteneciera.

Como su padre tiene la capacidad modificada pero no da más detalles de ello, no puedo concretarle la respuesta, tendrá que deducir qué puede hacer con las explicaciones anteriores. Quedo a su disposición para cualquier aclaración que precise.

«El pensar es un misterio; el hablar es un misterio; el hombre, un abismo»

Jaime Balmes


La autora sólo autoriza la reproducción de sus artículos de dos modos: señalando el título y su autoría, o bien, señalando un link que lleve al lector al artículo original del blog Abogado del Mayor.  

Margarita Serrano
Margarita Serrano
Soy abogado especializado en protección jurídica y ayuda a la persona mayor, dirijo el despacho Mayores Abogacía y les doy la bienvenida a este espacio en el que hablaremos de casos como el suyo y de muy diversos temas relacionados con sus intereses más directos.

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